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Asesoría y servicios ambientales

Asesoramos a nuestros clientes para que cumplan lo que establece en la  NOM 087 SEMARNAT SSA1 2002, en la que nos indica que la gestión y tratamiento de los RPBI debe ser de la siguiente manera:

  • Los establecimientos generadores deberán destinar un área para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos biológicos e infecciosos, así mismo deberán ubicar los contenedores en un lugar apropiado dentro de sus instalaciones, de tal manera que no obstruyan las vías de acceso.
  • Los residuos peligrosos biológicos e infecciosos envasados tendrán que ser almacenados en contenedores metálicos o de plástico con tapa y deberán ser señalados con la leyenda de RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICOS INFECCIOSOS.
  • El periodo de almacenamiento está sujeto al tipo de establecimiento:
    • Nivel I Máximo 30 días
    • Nivel II Máximo 15 días
    • Nivel III Máximo 7 días
  • Todos los residuos patológicos humanos y de animales que no se encuentren en formol, deberán mantenerse en almacenes temporales con sistema de refrigeración o refrigeradores a una temperatura no mayor a 4 grados Celsius
  • El área de almacenamiento temporal de los residuos peligroso biológicos  e infecciosos, tiene que estar separado de toda área de pacientes, comedores, cocinas, sitios de reunión, oficinas, sanitarios, talleres, lavanderías, almacenes de medicamentos o cualquier otro tipo de área que pueda exponer a terceros.
  • Así mismo el área donde se encuentre el almacenamiento tiene que ser de fácil acceso y traslado para su recolección, tendrá que estar techada y sin alguna complicación, como riesgo de inundación o que tenga algún contacto con animales, será señalado con los letreros que establece la norma, y solo se permitirá el acceso al personal responsable de estas actividades.
  • Aquellos establecimientos que no cuenten con un área de almacenamiento para los residuos peligrosos biológicos e infecciosos, podrán utilizar contenedores de plástico o metálicos, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en esta norma.